Lunes, 26 de Mayo de 2008 Boletin 409/08
SENTENCIAN CON 10 AÑOS DE PRISIÓN A JOSE GIL CARO QUINTERO
• Se acreditó la responsabilidad penal de José Gil Caro Quintero en la comisión de los delitos de Portación de Armas de Fuego sin Licencia y Transporte de Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en su modalidad de Pandilla
La Procuraduría General de la República informa que el Juez Cuarto de Distrito de Procesos Penales Federales en Cuernavaca, Morelos, valoró todos los elementos jurídicos-penales presentados por el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada y dictó sentencia condenatoria para José Gil Caro Quintero ó José Belem Mendoza Flores ó Raúl Rodríguez López ó José Belem Mendoza Flores ó José Luis Reyes Hernández ó Ernesto Cárdenas Villalva (a) “Jogil”, imponiéndole la pena de 10 años, cinco meses, tres días de prisión y 268 días multa.
El Fiscal Federal acreditó ante el Juez la responsabilidad penal de Caro Quintero en los delitos de Portación de Arma de Fuego sin Licencia y Transporte de Armas de Fuego del Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en su modalidad de Pandilla.
Cabe recordar que el sentenciado fue detenido en mayo de 2003 por elementos de Seguridad Pública en Morelos, en posesión de armamento bélico. En esa ocasión, Caro Quintero obtuvo su libertad caucional condicionada con la vigilancia policial, pero el 14 de mayo de ese mismo año la burló y escapó.
José Gil Caro Quintero fue nuevamente detenido en diciembre de 2004 en Guadalajara, y consignado en marzo de 2005 al Centro Federal de Readaptación Social Número Dos “Occidente”, en Puente Grande, Jalisco, donde se libró una orden de reaprehensión que fue ejecutada por reclusión el 14 de abril de 2005.
Así, en virtud a la pena de prisión impuesta, a la fecha ha compurgado 3 años 1 mes 12 días, faltando 7 años 3 meses 21 días por compurgar.
A esta resolución condenatoria, que por política criminal y a fin de evitar una disminución en la pena, la Representación Social de la Federación interpondrá el Recurso de Apelación.
Es importante señalar que se encuentra sujeto a diverso proceso penal, radicado en el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal del Estado de Jalisco, bajo el número 92/2005, por los delitos de Portación de Arma de Fuego y Posesión de Cartuchos para Arma de Fuego del Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea; causa que se encuentra para el dictado de la sentencia definitiva.
Ello con motivo del ejercicio de la acción penal en la indagatoria PGR/SIEDO/UEIDCS/032/2005, en razón de que el 27 de diciembre de 2004, al ser detenido junto con otras personas por elementos de la Policía Estatal de Jalisco, portaba armas largas y cortas de Uso Exclusivo.
Con acciones como ésta, la Procuraduría General de la República refrenda su compromiso con la sociedad, de mantener un combate frontal y abierto contra este tipo de delitos.
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