Jorge Ramos Pérez
El Universal
Ciudad de México
Martes 27 de mayo de 2008
Suscribe un acuerdo con la Segob para proporcionar información sobre posible actos de espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión, traición a la patria y genocidio
Las secretarías de Gobernación (Segob) y de Relaciones Exteriores (SRE) formalizaron un acuerdo para que la cancillería mexicana se sume a las acciones para integrar una Red Nacional de Información de Seguridad Nacional.
El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación incluye a la Dirección General de Delegaciones; Dirección General de Protección y Asuntos Consulares, y la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
“Que la calidad de Instancias de Seguridad Nacional impone, a su vez, la obligación de establecer en conjunto una Red Nacional de Información de Seguridad Nacional, mediante la aportación de las bases de datos que en función de sus atribuciones tengan a su cargo, lo que se formaliza mediante la suscripción de las presentes Bases de Colaboración”, señala el acuerdo.
El documento hecho público este martes precisa que se trata de “establecer los mecanismos que permitan el intercambio de información contenida en las bases de datos que en razón de sus atribuciones administren las partes, a fin de apoyar el desarrollo de las actividades de inteligencia y contrainteligencia que las instancias integrantes del Consejo de Seguridad Nacional realicen para investigar las amenazas a la Seguridad Nacional”.
Entre las amenazas a la seguridad nacional mencionadas en el texto están:
a. Actos tendentes a consumar espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión, traición a la patria, genocidio, en contra de los Estados Unidos Mexicanos dentro del territorio nacional;
b. Actos de interferencia extranjera en los asuntos nacionales que puedan implicar una afectación al Estado Mexicano;
c. Actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada;
d. Actos tendentes a quebrantar la unidad de las partes integrantes de la Federación, señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
e. Actos tendentes a obstaculizar o bloquear operaciones militares o navales contra la delincuencia organizada;
f. Actos en contra de la seguridad de la aviación;
g. Actos que atenten en contra del personal diplomático;
h. Todo acto tendente a consumar el tráfico ilegal de materiales nucleares, de armas químicas, biológicas y convencionales de destrucción masiva;
i. Actos ilícitos en contra de la navegación marítima;
j. Todo acto de financiamiento de acciones y organizaciones terroristas;
k. Actos tendentes a obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia y contrainteligencia, y
l. Actos tendentes a destruir o inhabilitar la infraestructura de carácter estratégico o indispensable para la provisión de bienes o servicios públicos.
El acuerdo sostiene que “cuando así se les requiera, (deberán) participar en la realización de acciones y medidas de prevención, disuasión y, en su caso, contención de las amenazas concretas a la Seguridad Nacional que acuerde el Consejo de Seguridad Nacional o bien, aquellas que determine el Presidente de la República”.
Asimismo, prevé que deban “contar con la infraestructura y mecanismos que se requieran para que la transmisión y flujo de información salvaguarde las condiciones de reserva y confidencialidad que demandan los temas de Seguridad Nacional, y de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental”.
Y “las demás que se definan en el seno del Consejo de Seguridad Nacional y se acuerden con la SRE, en el ámbito de su competencia”.
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